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Es competencia del Ilmo. Sr. Alcalde la
autorización de licencias de armas de aire comprimido. La tramitación para las
concesiones se lleva a cabo por el Área Administrativa de esta Policía Local.
Esta licencia habilita para el uso de
pistolas y/o carabinas de aire comprimido, cuyo uso es restringido a lugares
privados que no supongan un riesgo para el resto de ciudadanos y galerías
habilitadas para la práctica del tiro olímpico.
Nunca deben utilizarse en espacios
públicos, ni siquiera en los apartados de vías de comunicación y su uso está
sometido a autorización previa.
Pasos a seguir para obtener la licencia:
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Adquirir el arma en una armería autorizada. |
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Rellenar los formularios de cartón, que le facilitarán en
dicho establecimiento, con sus datos personales. |
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Personarse en la Central de esta Policía Local presentando:
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Documento Nacional de Identidad. |
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El arma. |
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La factura de compra. |
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Los formularios cumplimentados. |
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Rellenar la instancia que le facilitarán en el Retén, para
solicitar la concesión al Ilmo. Sr. Alcalde.
Pulse aquí para imprimir en su equipo la instancia
necesaria. |
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Una vez realizadas todas las comprobaciones pertinentes por
esta Policía Local, el Intendente Principal Jefe eleva informe en sentido
positivo o negativo, según el caso, para la concesión de la licencia al Ilmo.
Sr. Alcalde, quién, en los casos positivos, firmará las tarjetas
correspondientes autorizando al solicitante. |
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Finalizados los trámites, el Agente de Policía de Barrio de
su zona le hará entrega en mano en su domicilio de la tarjeta de autorización. |
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