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EDICTO DEL AYUNTAMIENTO DE PATERNA SOBRE APROBACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL DE TRÁFICO Artículo 43. La carga y descarga de mercancías se realizará: Preferentemente en el interior de los locales comerciales e industriales, siempre que reúnan las condiciones adecuadas, cuando las características de acceso de los viales lo permita. Para la ocupación temporal de la vía pública por traslados, mudanzas y similares, sin perjuicio de la tramitación del permiso correspondiente, la empresa o el solicitante, una vez presentada la solicitud, deberá personarse ante la Policía Local, (Sr. Santos o Sr. Corral con la copia de la solicitud y con la licencia o permiso municipal correspondiente en los casos que proceda) con antelación mínima de 72 horas a la fecha solicitada, para que, por ésta, se le autorice o no dicha fecha y lugar, en función de la oportunidad y viabilidad según la regulación del tráfico de vehículos y peatones. En el caso de autorizarse, la señalización deberá aportarla la empresa o el solicitante y colocarla con 48 horas de antelación por medio de placas de estacionamiento prohibido con el texto de la operación a realizar, indicando la fecha y horas de inicio y final de las operaciones. En los casos que sea necesario la realización de un corte de calle, el solicitante deberá proveerse de señales portátiles de dirección prohibida y colocarlas en los cruces de las calles colindantes que afecten al corte de la calle donde se pretende realizar los trabajos. Cuando no se produzca el corte total de la calle, pero se inutilice un carril en vías de doble sentido de circulación, deberá contarse con personal suficiente para regular el tráfico y dar paso alternativo. En aquellos casos que se solicite la actuación policial por parte de obras u otros servicios particulares previamente señalizados y autorizados con la respectiva licencia y/o autorización, con motivo del estacionamiento de vehículos que impiden las labores propias del solicitante y cuyo coste de la retirada no puede reclamarse al titular del vehículo o hacerse cargo este Ilmo. Ayuntamiento, se deberá informar al solicitante del servicio, que dicho vehículo podrá retirarse al lugar más cercano donde determinen los Agentes y en presencia de los mismos, anotando y dejando constancia en la Central de Policía del vehículo, lugar donde se deposita, fecha, hora y motivos, utilizando las propias pegatinas de grúa. La grúa requerida será por cuenta y decisión del solicitante de forma totalmente particular, sea de la empresa que estime oportuna y no necesariamente de la concertada por esta Policía, en cuyo caso deberá quedar claro que el abono y servicio es totalmente entre particulares. |
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